¿Quién hereda si no hay testamento?

¿Quién hereda si no hay testamento?

quién hereda si no hay testamento

En el complejo mundo legal de las herencias y sucesiones, muchas cuestiones pueden surgir cuando una persona fallece sin dejar un testamento válido. Cuando esto sucede, se abre la puerta a un proceso conocido como «sucesión intestada» o «herencia ab intestato». En este artículo, desarrollaremos en detalle quién hereda si no hay testamento y qué ocurre con la herencia en estas circunstancias.

¿Qué es la herencia ab intestato?

La herencia ab intestato o herencia sin testamento es el proceso legal que se activa cuando una persona fallece sin haber otorgado un testamento válido. En tales casos, el patrimonio del difunto se distribuye entre sus herederos de acuerdo con las leyes de sucesión vigentes en cada país. 

En España, es el Código Civil, en sus artículos 807 y 913, los que dictan el orden a seguir para recibir la herencia correspondiente.

Diferencia de herederos con testamento y sin testamento

Cuando una persona fallece dejando un testamento válido, los herederos reciben el nombre de: herederos voluntarios y herederos forzosos o legitimarios.

En el caso de que el fallecido no haya dejado testamento, entonces se habla de herederos en otros términos y la terminología se amplía: herederos legales, legítimos o abintestato y herederos forzosos en la herencia abintestato.

Diferencia entre herederos forzosos y herederos abintestatos

Según el artículo 807 del Código Civil, los herederos forzosos son aquellos que tienen derecho a recibir su herencia, incluso cuando no exista testamento. Estos son los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. En el caso de que no los hubiera, serían los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes. En este grupo, también se encuentraría el viudo o la viuda en forma y medida que establece el mismo Código. 

Por otra parte, los herederos abintestato, legales o legítimos son aquellos que, a falta de herederos forzosos, el artículo 913 del Código Civil, identifica como: los parientes del difunto, el viudo o viuda o el Estado

Orden de sucesión para las herencias sin testamento

En el caso de que el fallecido no haya dejado testamento, el orden sucesorio se establece, según el Código Civil, del siguiente modo:

1º. Hijos y descendientes

Los hijos suelen tener un lugar destacado en la jerarquía de herederos ab intestato. Si el fallecido tiene hijos, es común que la herencia se divida entre ellos. Si el fallecido deja viudo o viuda, también tiene el derecho al usufructo de una tercera parte de la herencia, conocida como tercio de mejora.

2º. Nietos y/o ascendientes

En el caso de que el fallecido no tuviera hijos vivos, pasaría a los nietos. Si tampoco fuera el caso, heredarán los ascendientes del fallecido. En el caso de que dejara viudo o viuda, tendrá derecho al usufructo de la mitad de la herencia.

3º. Viudo o viuda

En el caso de que no existieran ni descendientes ni ascendientes, el derecho a la herencia recae en el cónyuge viudo. Si se trata de pareja de hecho es necesario comprobar ciertos requisitos legales, ya que no todas las comunidades autónomas lo contemplan dentro de la herencia. 

4º. Hermanos

Si el fallecido no cuenta con ascendientes ni descendientes, tampoco cónyuge viudo, la herencia será destinada a los hermanos y repartida en partes iguales. Si tampoco fuera el caso, se seguiría indagando en el resto de parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad.

5º. El Estado

Por última instancia, y siempre que no se diera ninguno de los casos anteriores, el beneficiario sería el Estado. En Galicia, Cataluña, Baleares o el País Vasco, son las propias comunidades las que resultarían beneficiadas.

En conclusión, los herederos legales, ab intestado o legítimos, son los primeros a los que les corresponde la herencia cuando el fallecido no ha dejado expresados sus deseos legalmente a través de un testamento. En el caso de que no existieran hijos o familiares directos, la ley marca un escalafón de beneficiarios, según el grado de cercanía con el finado. 

En Abogados Especialistas en Herencias sabemos de las dificultades a las que se tienen que enfrentar los herederos legales, legítimos y ab intestato, bien por desconocimiento de las leyes o por la carga emocional que suponen estos tipos de trámites. Por eso te aconsejamos que, ante cualquier duda, consultes con profesionales especializados en herencias para que resuelvan cualquier problema que pueda surgir, así como los pasos que los beneficiarios deben seguir para su consecución.

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